23 de noviembre de 2011

Curso de OPERACIONES AUXILIARES DE ELABORACIÓN EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA

Nuevo curso GRATUITO dirigido a desempleados organizado por el Servicio Riojano de Empleo.
El curso denominado Operaciones Auxiliares de Elaboración en la Industria Alimentaria tiene una duración de 300 horas, dispone de Certificado de Profesionalidad y se impartirá en nuestras instalaciones de Alfaro por mediación de ASOLRIOJA, la Asociación de productores de Aceite de Oliva de La Rioja.
A lo largo del curso se imparten conocimientos relativos a la recepción, manipulación, envasado y almacenamiento de las materias primas y productos terminados comercializados por las variadas y numerosas empresas dedicadas a esta actividad: Conserveras, Comidas Preparadas, Congeladoras, etc.
Durante el curso se impartirán igualmente módulos de Carretillero y de Manipulador de Alimentos, y se realizarán prácticas no laborales en empresas del sector.
Una excelente oportunidad para adquirir formación y experiencia en una actividad que en nuestra Comarca ofrece diversas salidas profesionales.
Las plazas son limitadas y el inicio del curso se realizará durante el mes de diciembre, por lo que los interesados deberán apurarse para realizar la oportuna inscripción:
Tlf. 902879445 - www.euditec.es - info@euditec.com

20 de noviembre de 2011

EL 21,2% DE LAS OFERTAS DE TRABAJO BUSCAN CANDIDATOS CON FORMACIÓN PROFESIONAL.


El 21,2% de las ofertas de trabajo en España van dirigidas a candidatos con Formación Profesional (FP), lo que supone un ligero descenso respecto al año anterior, cuando este perfil concentraba el 21,3% del total, según apunta un estudio realizado por Adecco. 

Así, explica que la oferta de titulados de FP muestra una tendencia creciente a la concentración en favor de las familias profesionales de fabricación mecánica y electricidad y electrónica, concentrando entre ambas ramas casi el 60% de la oferta. 

También administración (8,67%) es una de las más demandadas, junto con las relacionadas con sanidad, mantenimiento de vehículos, edificación, obra civil e imagen personal, gracias al incremento de las ofertas de empleo que requieren este tipo de titulados. 

Por comunidades autónomas, Cataluña, País Vasco y Madrid aglutinan casi la mitad de la oferta de empleo para titulados en FP (45,95%), siendo Cataluña la región que más ofertas de empleo de este tipo ha generado, con un 16%. Por el contrario, Extremadura (1,28%) y La Rioja (1,2%) son las regiones con menor número de ofertas para estos perfiles. 

Respecto a los puestos laborales que requieren FP, el de técnico de mantenimiento es el más demandado, con un 19,17% de las ofertas, seguido del de administrativo (7,97%), el de comercial (7,68%) y el de operario especializado (6,6%). 

Además, por áreas, la producción encabeza la distribución de la oferta de empleo al reunir el 66,01%, a gran distancia de los servicios generales (9,14%), y la informática (5,70%). 

El estudio también registra un importante incremento de las ofertas de FP dirigidas a empleados, que alcanzan el 57,45%, frente a una caída de las ofertas dirigidas a mandos, dirección y técnicos. Asimismo, destaca el 35,61% de la oferta destinada a perfiles con una experiencia de entre dos y cinco años, a la vez que se han duplicado las ofertas que demandan candidatos con más de cinco años de experiencia.

10 de noviembre de 2011

EL CONSEJO DE MINISTROS APRUEBA 28 NUEVAS CUALIFICACIONES PROFESIONALES


El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta conjunta de Educación y de Trabajo e Inmigración, seis Reales Decretos que complementan el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales mediante el establecimiento de veintiocho nuevas cualificaciones correspondientes a la familias profesionales de: Edificación y Obra Civil, Administración y Gestión, Comercio y Marketing, Agraria, Seguridad y Medio Ambiente, Transporte y Mantenimiento de vehículos, Textil, Confección y Piel, y Hostelería y Turismo 

Hasta la fecha, el Consejo de Ministros ha aprobado 647 cualificaciones profesionales. Con la aprobación de estas veintiocho se considera prácticamente concluido el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. 

Las nuevas cualificaciones profesionales a las que el Gobierno ha dado el visto bueno son: 

Edificación y Obra Civil: Operaciones básicas de revestimientos ligeros y técnicos en construcción; Armaduras pasivas para hormigón; Cubiertas inclinadas; Encofrados; Impermeabilización mediante membranas formadas con láminas; Instalación de placa de yeso laminado y falsos techos; Instalación de sistemas técnicos de pavimentos, empanelados y mamparas; Montaje de andamios tubulares; Pavimentos y albañilería de urbanización; Pintura decorativa en construcción; Pintura industrial en construcción; Revestimientos con pastas y morteros en construcción; y Revestimientos con piezas rígidas por adherencia en construcción. 

Administración y Gestión: Gestión comercial y técnica de seguros y reaseguros privados; y Mediación de seguros y reaseguros privados y actividades auxiliares. 

Comercio y Marketing: Gestión comercial inmobiliaria; Gestión comercial y financiera del trasporte por carretera; Gestión de marketing y comunicación. 

Agraria: Cuidados y mantenimiento de animales utilizados para la investigación y otros fines científicos; Cuidados de animales salvajes, zoológicos y acuarios; Realización de procedimientos experimentales con animales para investigación y otros fines científicos; Asistencia a la gestión y control sanitario de animales de granja y producción; Asistencia en los controles sanitarios oficiales en mataderos, establecimientos de manipulación de caza y salas de despiece. 

Seguridad y Medio Ambiente: Teleoperaciones de atención, gestión y coordinación de emergencias. 

Transporte y Mantenimiento de vehículos: Tripulación de cabina de pasajeros. 

Textil, Confección y Piel: Asistencia técnica en la logística de los procesos de externalización de la producción textil, piel y confección. 

Hostelería y Turismo: Guarda de refugios y albergues de montaña; Atención a pasajeros en transporte ferroviario.

9 de noviembre de 2011

EL GOBIERNO REGULA MEDIANTE REAL DECRETO LAS PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS.


El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula las prácticas no laborales en empresas. Con esta decisión se pretende contribuir a mejorar la integración laboral de las personas jóvenes desempleadas, con cualificación profesional y sin experiencia laboral. Constituye una nueva herramienta de lucha contra el paro juvenil en nuestro país, a la vez que se clarifican los derechos de las personas que realicen estas prácticas. 

La medida consiste en el desarrollo de prácticas profesionales no laborales en empresas que hayan celebrado previamente convenios de colaboración con los Servicios Públicos de Empleo a estos efectos. 

Estas practicas podrán desarrollarlas personas jóvenes desempleadas, entre dieciocho y veinticinco años, con titulación universitaria, título de Formación Profesional o certificado de profesionalidad pero nula o escasa experiencia laboral. 

Serán llevadas a cabo bajo la dirección y supervisión de un tutor, en los centros de trabajo de la empresa y tendrán una duración entre seis y nueve meses, durante los cuales percibirán una beca de apoyo que, como mínimo, será del 80 por 100 del IPREM. Se prevé que, a la finalización de las prácticas, obtendrán un certificado que acredite su realización. 

Del mismo modo, a estas personas se les aplicarán los mecanismos de inclusión en la Seguridad Social contemplados en el Real Decreto aprobado el pasado 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, según marca la Ley sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social. 

Finalmente, estas prácticas no laborales podrán culminar en una contratación laboral por parte de las empresas en donde se hayan desarrollado. Los contratos que se formalicen podrán beneficiarse de medidas de apoyo a la contratación, tanto en el ámbito de la formación profesional para el empleo, como es el caso de los convenios de colaboración con compromiso de contratación, como en los programas de incentivos al empleo. 

No están incluidas en el ámbito de aplicación de este Real Decreto las prácticas académicas externas, curriculares y extracurriculares de los estudiantes universitarios que se regirán por su normativa específica.

8 de noviembre de 2011

650.000 AUTÓNOMOS SE BENEFICIARÁN DE LA PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD


El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, ha destacado que 650.000 autónomos se beneficiarán de la nueva prestación por cese de actividad, un sistema que calificó de "pionero" en Europa y "financieramente sostenible", después de que el Gobierno aprobara este viernes el real decreto que desarrolla esta norma. 

Al término de la reunión del Consejo de Ministros, Gómez indicó que de esta forma se "culmina" un proceso de apoyo a este colectivo que comenzó la legislatura pasada con la aprobación del Estatuto del Trabajo Autónomo. 

El ministro indicó que la entrada en vigor de esta norma era "prioritaria", dado que a partir del próximo mes de noviembre ya pueden comenzar a solicitarse las primeras peticiones de reconocimiento de esta protección, al cumplirse el periodo mínimo de cotización (doce meses) desde que se aprobó la norma para tener reconocimiento a la misma. 

Se trata de un sistema contributivo en el que el trabajador autónomo cotiza el 2,2% de su base de cotización. A su vez, el trabajador que cotice por esta contingencia tendrá la ventaja de ver reducida su cotización por la cobertura de incapacidad temporal en 0,5 puntos porcentuales. La cuantía de la prestación será del 70% del promedio de bases de cotización del trabajador autónomo de los 12 últimos meses. 

El órgano gestor de la prestación cubrirá los costes de la cotización por contingencias comunes durante el periodo en el que el trabajador autónomo perciba la prestación. 

El número de cotizantes al sistema de protección por cese de actividad es de 502.263. El próximo mes de enero, una vez aprobada la norma, se incorporarán al sistema los trabajadores por cuenta propia agrarios. En la actualidad hay cerca de 150.000 agrarios que tienen cubiertas las contingencias profesionales. 

El texto tiene en cuenta la especificidad de las labores agrícolas y ganaderas y establece el cese temporal de actividad en los siguientes supuestos: cambio de cultivo o actividad ganadera por fuerza mayor, durante el periodo necesario para el desarrollo del nuevo cultivo o ganadería; daño en las explotaciones agrarias o ganaderas por fuerza mayor, durante el tiempo imprescindible para la recuperación de las mismas; periodo de erradicación de enfermedades en explotaciones ganaderas, y en caso de violencia de género que determine el cese temporal de la actividad de la trabajadora afectada. 

Los comuneros y socios de sociedades de cualquier naturaleza agrícola o ganadera, que cesen en su condición de tales, también tendrán derecho a la prestación por cese de actividad, cuando acrediten que éste se debe a las pérdidas económicas. 

El real decreto aprobado este viernes cumple con tres mandatos de la Ley de la prestación por cese de actividad. En primer lugar la documentación a presentar: el trabajador autónomo solicita al órgano gestor el reconocimiento del derecho en el plazo de un mes desde que cese la actividad. La percepción de la prestación y la cotización efectuada por el órgano gestor se realizarán a partir del mes siguiente al reconocimiento. 

Respecto al segundo mandato, la nueva norma establece las condiciones y supuestos específicos para la protección por cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia agrarios. Por último, fija los supuestos y requisitos para acceder al pago único de la prestación. 

El Gobierno precisa que para el desarrollo del real decreto se han tenido en cuenta las observaciones de los interlocutores sociales, de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, de las comunidades autónomas y del Consejo de Estado.

7 de noviembre de 2011

EL CONSEJO DE MINISTROS APRUEBA LA "ESTRATEGIA 55 Y MÁS"


El Consejo de Ministros ha aprobado la Estrategia Global de Empleo de las Trabajadores y Trabajadoras de Más Edad 2012-2014 (Estrategia 55 y Más). 

Esta Estrategia se convertirá en la hoja de ruta que orientará la actuación de las Administraciones Públicas respecto de las medidas dirigidas al colectivo de trabajadores de 55 o más años y coincide su vigencia con la de la Estrategia Española de Empleo para garantizar una mejor coordinación y una mayor eficacia de las actuaciones a desarrollar. 

La iniciativa cumple con el compromiso alcanzado con los agentes sociales en el Acuerdo Social y Económico y cuyo mandato normativo se concreta en el Real Decreto Ley de 11 de febrero de 2011 sobre medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas 

A través de la Estrategia 55 y Más, se establecen cuatro objetivos generales: elevar la tasa de empleo y reducir el desempleo de este colectivo; favorecer el mantenimiento en el empleo para contribuir a la prolongación de la vida laboral; mejorar las condiciones de trabajo, especialmente en lo referentes a la seguridad y salud laboral; y promover su reincorporación al mercado de trabajo, asegurando una adecuada protección social durante su situación de desempleo. 

Las líneas de actuación configuradas para abordar estos objetivos, que tendrán que concretarse mediante el diálogo entre el Gobierno de España, los de las Comunidades Autónomas y los agentes sociales, son las siguientes: 

Respecto al mantenimiento del empleo de los trabajadores y trabajadoras de 55 y más años: 

- Promoción de los contratos de relevo, de forma que simultáneamente se prolongue el empleo de los trabajadores mayores y se favorezca la contratación de jóvenes. 

- Bonificaciones de cotizaciones sociales para el mantenimiento en el trabajo por cuenta ajena y en el trabajo autónomo. 

- Medidas de mejora de la formación de estos trabajadores. 

- Reexamen por los interlocutores sociales de las cláusulas de los convenios colectivos que establecen la jubilación obligatoria. 

- Acciones de sensibilización social de los valores positivos del trabajo de estos trabajadores. 

En cuanto a la mejora de las condiciones de trabajo de las personas de 55 años o más edad, especialmente en lo que respecta a la seguridad y salud laboral: 

- Estudio de la viabilidad jurídica, económica y social de establecer en la legislación laboral un derecho a la reducción de jornada de los trabajadores a partir de una determinada edad. 

- Evaluación de riesgos laborales, planificación de actuaciones preventivas, vigilancia de la salud y formación preventiva orientada a las necesidades específicas de los trabajadores de este colectivo. 
- Analizar la aplicación de medidas de flexibilidad interna en la empresa, como el cambio de puesto de trabajo o de adaptación del mismo, con el fin de garantizar la seguridad y salud del trabajador de más edad. 

- Realización por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo de investigaciones específicas en materia de condiciones de trabajo y salud de los trabajadores y trabajadoras mayores. 

Finalmente, se incluyen las siguientes líneas de actuación relacionadas con la reincorporación al mercado de trabajo, así como con la protección social de quienes pierden su empleo: 

- Realización por los Servicios Públicos de Empleo de nuevas actuaciones individualizadas para mejorar la orientación profesional y la activación para el empleo de los trabajadores de más edad, en particular, mediante trabajos de colaboración social. 

- Mejora de la formación, de la cualificación profesional y de la acreditación de las competencias profesionales de estas personas, especialmente de las mujeres mayores de 55 años. 

- Nuevos incentivos para su reincorporación al empleo, como podrían ser complementos de cotización o de salario por parte del Servicio Público de Empleo cuando las personas desempleadas se incorporen en puestos de trabajo con menor salario o cualificación con respecto a su último empleo. También se promueven nuevos incentivos para apoyar su reincorporación al empleo como trabajadores autónomos. 

- Estudio de la posibilidad de evitar los pactos de no competencia o de incompatibilidad para un empleo posterior que suelen establecerse por las empresas en el marco de los expedientes de regulación de empleo. 

- Reorientación hacia políticas activas de empleo de las medidas incluidas en los planes sociales de acompañamiento en los EREs.

EL SERVICIO RIOJANO DE EMPLEO PUBLICA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA ECONOMÍA SOCIAL EN 2011


El Servicio Riojano de Empleo ha publicado en el BOR la convocatoria de ayudas para el fomento de la economía social en 2011 con el objetivo de incentivar la creación y el empleo en las sociedades cooperativas y laborales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja. 

Concretamente, este programa de apoyo a cooperativas y sociedades laborales se centra en ayudas para la incorporación de trabajadores desempleados como socios trabajadores o de trabajo en empresas de economía social y en ayudas para la asistencia técnica en proyectos de incorporación de la innovación a la empresa o nuevas tecnologías, entre otros. 

Las cooperativas de trabajo asociado, cooperativas de integración social sin ánimo de lucro, sociedades laborales y beneficiarios previstos en estas ayudas cuentan con un plazo de diez días naturales a partir de mañana para presentar sus solicitudes en la sede del Servicio Riojano de Empleo o en los lugares previstos en el Decreto 58/2004 por el que se regula el registro de la Administración de la CAR. 

Las subvenciones de esta convocatoria se concederán en régimen de concurrencia competitiva y entre los criterios de valoración se encuentran el empleo generado, la contribución a la integración de mujeres y colectivos en situación de exclusión social, nuevos yacimientos o incorporación de nuevas tecnologías de información y comunicaciones, entre otros. El Gobierno de La Rioja destinará a esta convocatoria 153.257 euros.

3 de noviembre de 2011

Curso de Carretillero


Entre el 21 y el 24 de noviembre impartiremos un curso de Operador de Carretillas (carretillero) en horario de 4 a 7 de la tarde.
La primera jornada incluye conocimientos teóricos sobre seguridad en el manejo de las máquinas y de Prevención de Riesgos Laborales, impartidos por un técnico titulado.
El resto de las jornadas tienen un contenido totalmente práctico realizando operaciones de carga, descarga y manipulación de mercancías a diversas alturas y de conducción de varios tipos de máquinas elevadoras y transportadoras.
Al finalizar se expide un Certificado y un carné acreditativos de haber recibido la formación adecuada.
El precio del curso resulta totalmente bonificable en las cuotas de la Seguridad Social para las Empresas que deseen dar formación a sus trabajadores.
Y para aquellos que están en situación de desempleo proporcionamos un precio especialmente rebajado en más de un 30 %.
Como siempre, las inscripciones están sujetas a matrícula previa.
Más información en el teléfono 902879445